La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibió la impugnación al llamado "pin parental", contenido en la Ley de Educación de Aguascalientes y que permite a los padres de familia decidir si sus hijos deben cursar o no materias escolares con contenidos morales o sexuales.
De esta forma, en los próximos días se definirá si algún ministro del máximo tribunal del país da entrada o no a la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos de Aguascalientes contra la reforma del artículo 4to de la Ley de Educación estatal.
"La Corte no va a ver hechos, va a analizar leyes, y las que contravengan a la Constitución que violen algún derecho humano deben ser anuladas, esa es nuestra forma de ver las cosas. Nosotros vamos a acudir a la decisión autorizada que es la de la SCJN, ahí se despejarán las dudas, pero estamos apostando a que la declararán anticonstitucional y harán la adecuación correspondiente", señala la Comisión.
La legislación impugnada ante la Corte permite que los padres de familia puedan decidir si sus hijos participen del contenido de programas, cursos, talleres y actividades en los rubros de moralidad, sexualidad y valores, lo que viola y atenta contra el interés superior del menor, así como sus derechos educativos y de salud.
Cabe resaltar que en mayo de este año la propuesta de pin parental fue desechada en el Congreso de Nuevo León al no alcanzar la mayoría calificada durante la sesión extraordinaria de los diputados locales.