/ lunes 25 de febrero de 2019

Condenan a 88 años de prisión a maestro violador de niñas rarámuri

Este caso constituye un precedente en el combate a la impunidad en materia de delitos de género

El día de hoy se determinó una condena de 88 años y nueve meses de prisión para Jesús José Mina Mina, quien el pasado lunes 18 de febrero fue encontrado culpable de los delitos de violación agravada y calificada y de abuso sexual agravado y calificado, cometidos en perjuicio de cinco y cuatro niñas rarámuri, respectivamente, según lo dictaminó el tribunal integrado por Lucero Moreno, Aram Delgado y Luis Alberto Simental. En la sentencia también se consideró una reparación material de 100 mil pesos para las víctimas y una multa de 41 mil 413.50 pesos para el agresor.

En el año 2015 el imputado se desempeñaba como profesor de cuarto grado de primaria en la escuela Benito Juárez, ubicada en la comunidad de San Ignacio de Arareco, en el municipio de Bocoyna. En ese año fue acusado de realizar tocamientos de índole sexual a once de sus alumnas frente al resto de sus compañeros de clase.

A raíz de los acontecimientos suscitados, los familiares de las víctimas denunciaron los hechos ante el Ministerio Público y solicitaron al juez de garantías del distrito judicial Benito Juárez que girara la orden de aprehensión. El agresor fue detenido por elementos de la Policía Estatal División Investigación en abril de 2015.

Entre los agravantes de los delitos cometidos se encuentran los siguientes: por un lado, las niñas eran menores de 14 años en el momento de los hechos; por otro lado, el agresor era una persona en el ejercicio de su profesión con la que las víctimas tenían un vínculo de confianza al momento de suscitarse los acontecimientos.

Para que casos como este no vuelvan a repetirse, el Estado en sus diferentes niveles debería implementar medidas tendientes a prevenir estos hechos y, en general, a diseñar e implementar una política integral para garantizar que niñas, niños y mujeres indígenas víctimas de violencia de la entidad, cuenten con un acceso oportuno a la justicia. También se debería diseñar un plan de supervisión en los albergues y escuelas de educación indígena de la entidad para garantizar que sean espacios libres de violencia, especialmente de tipo sexual, contra niñas y niños.

Adicionalmente, se considera que las autoridades deberían realizar una investigación exhaustiva sobre el estado procesal de todas las denuncias de violación y violencia sexual cometidas contra niñas, niños y mujeres indígenas, para garantizar el debido proceso de las sanciones correspondientes a las personas responsables

Como parte de las investigaciones, se realizaron pruebas periciales ginecológicas y psicológicas a las niñas afectadas, a partir de las cuales se pudo determinar que siete de las once alumnas habían sido, además, víctimas de violación por parte del inculpado.

Finalmente, se considera que la SECyD debería proveer educación sexual integral a nivel primaria, con el objetivo de contribuir a prevenir el abuso sexual infantil, o en su caso, diseñar talleres en la materia dirigidos a las y los alumnos de las regiones indígenas de la entidad.

Desde el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM) reconocieron la labor de los jueces y de la zona occidente de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género (FEM), pues se atendieron nuestras peticiones para considerar en el desglose de la sentencia protocolos para impartir justicia con perspectiva de género, así como para impartir justicia por delitos cometidos contra niñas, niños y adolescentes. Mientras que la FEM brindó un seguimiento oportuno y de calidad durante los días que se llevaron a cabo los alegatos.

Este caso resulta emblemático, toda vez que se pudo garantizar el acceso a la justicia para un grupo de niñas en situación de vulnerabilidad, al tratarse de niñas indígenas, residentes de una comunidad económica y socialmente marginada, en la cual fueron víctimas de delitos sexuales cometidos por su entonces profesor, una figura de autoridad y confianza.

La violencia sexual genera un impacto en las víctimas, en sus familias y en su comunidad inmediata, por lo que desde que el CEDEHM recibió el caso, en junio de 2015, brindaron acompañamiento y atención integrales en las áreas jurídica y psicosocial para que las víctimas puedan restablecer sus proyectos de vida. Además, acompañamos a sus familias y comunidad escolar con talleres psicoeducativos para prevenir y/o detectar abuso sexual infantil. Actualmente las niñas se encuentran cursando sus estudios de nivel secundaria.

Desde el CEDEHM se hace un llamado al Estado y a las instituciones educativas para capacitarse en materia de detección y prevención del abuso sexual infantil; a incluir en sus programas educación sexual integral para niñas, niños y adolescentes; a anteponer el testimonio de las víctimas frente al de cualquier otra figura de autoridad, y a actuar oportunamente en la denuncia de casos de abuso o violación sexual.

De la misma manera, se exhorta a los medios de comunicación a respetar el derecho a la privacidad, intimidad, seguridad e integridad de las víctimas de delitos sexuales; a no estigmatizar ni perpetuar estereotipos sobre las personas sobrevivientes de violencia sexual; a divulgar contenidos informativos veraces, objetivos y congruentes, que sean sensibles a los derechos de las víctimas y que contribuyan a visibilizar las problemáticas sociales, pero sin vulnerar en ningún momento los derechos humanos.

El día de hoy se determinó una condena de 88 años y nueve meses de prisión para Jesús José Mina Mina, quien el pasado lunes 18 de febrero fue encontrado culpable de los delitos de violación agravada y calificada y de abuso sexual agravado y calificado, cometidos en perjuicio de cinco y cuatro niñas rarámuri, respectivamente, según lo dictaminó el tribunal integrado por Lucero Moreno, Aram Delgado y Luis Alberto Simental. En la sentencia también se consideró una reparación material de 100 mil pesos para las víctimas y una multa de 41 mil 413.50 pesos para el agresor.

En el año 2015 el imputado se desempeñaba como profesor de cuarto grado de primaria en la escuela Benito Juárez, ubicada en la comunidad de San Ignacio de Arareco, en el municipio de Bocoyna. En ese año fue acusado de realizar tocamientos de índole sexual a once de sus alumnas frente al resto de sus compañeros de clase.

A raíz de los acontecimientos suscitados, los familiares de las víctimas denunciaron los hechos ante el Ministerio Público y solicitaron al juez de garantías del distrito judicial Benito Juárez que girara la orden de aprehensión. El agresor fue detenido por elementos de la Policía Estatal División Investigación en abril de 2015.

Entre los agravantes de los delitos cometidos se encuentran los siguientes: por un lado, las niñas eran menores de 14 años en el momento de los hechos; por otro lado, el agresor era una persona en el ejercicio de su profesión con la que las víctimas tenían un vínculo de confianza al momento de suscitarse los acontecimientos.

Para que casos como este no vuelvan a repetirse, el Estado en sus diferentes niveles debería implementar medidas tendientes a prevenir estos hechos y, en general, a diseñar e implementar una política integral para garantizar que niñas, niños y mujeres indígenas víctimas de violencia de la entidad, cuenten con un acceso oportuno a la justicia. También se debería diseñar un plan de supervisión en los albergues y escuelas de educación indígena de la entidad para garantizar que sean espacios libres de violencia, especialmente de tipo sexual, contra niñas y niños.

Adicionalmente, se considera que las autoridades deberían realizar una investigación exhaustiva sobre el estado procesal de todas las denuncias de violación y violencia sexual cometidas contra niñas, niños y mujeres indígenas, para garantizar el debido proceso de las sanciones correspondientes a las personas responsables

Como parte de las investigaciones, se realizaron pruebas periciales ginecológicas y psicológicas a las niñas afectadas, a partir de las cuales se pudo determinar que siete de las once alumnas habían sido, además, víctimas de violación por parte del inculpado.

Finalmente, se considera que la SECyD debería proveer educación sexual integral a nivel primaria, con el objetivo de contribuir a prevenir el abuso sexual infantil, o en su caso, diseñar talleres en la materia dirigidos a las y los alumnos de las regiones indígenas de la entidad.

Desde el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM) reconocieron la labor de los jueces y de la zona occidente de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género (FEM), pues se atendieron nuestras peticiones para considerar en el desglose de la sentencia protocolos para impartir justicia con perspectiva de género, así como para impartir justicia por delitos cometidos contra niñas, niños y adolescentes. Mientras que la FEM brindó un seguimiento oportuno y de calidad durante los días que se llevaron a cabo los alegatos.

Este caso resulta emblemático, toda vez que se pudo garantizar el acceso a la justicia para un grupo de niñas en situación de vulnerabilidad, al tratarse de niñas indígenas, residentes de una comunidad económica y socialmente marginada, en la cual fueron víctimas de delitos sexuales cometidos por su entonces profesor, una figura de autoridad y confianza.

La violencia sexual genera un impacto en las víctimas, en sus familias y en su comunidad inmediata, por lo que desde que el CEDEHM recibió el caso, en junio de 2015, brindaron acompañamiento y atención integrales en las áreas jurídica y psicosocial para que las víctimas puedan restablecer sus proyectos de vida. Además, acompañamos a sus familias y comunidad escolar con talleres psicoeducativos para prevenir y/o detectar abuso sexual infantil. Actualmente las niñas se encuentran cursando sus estudios de nivel secundaria.

Desde el CEDEHM se hace un llamado al Estado y a las instituciones educativas para capacitarse en materia de detección y prevención del abuso sexual infantil; a incluir en sus programas educación sexual integral para niñas, niños y adolescentes; a anteponer el testimonio de las víctimas frente al de cualquier otra figura de autoridad, y a actuar oportunamente en la denuncia de casos de abuso o violación sexual.

De la misma manera, se exhorta a los medios de comunicación a respetar el derecho a la privacidad, intimidad, seguridad e integridad de las víctimas de delitos sexuales; a no estigmatizar ni perpetuar estereotipos sobre las personas sobrevivientes de violencia sexual; a divulgar contenidos informativos veraces, objetivos y congruentes, que sean sensibles a los derechos de las víctimas y que contribuyan a visibilizar las problemáticas sociales, pero sin vulnerar en ningún momento los derechos humanos.

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