/ miércoles 22 de junio de 2022

TEPJF ratifica sentencia contra Quadri por comentarios transfóbicos contra Salma Luévano

Salma Luévano presentó la queja ante el TEPJF luego de que el panista la llamara “señor” a sabiendas que ella se identifica como mujer

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la sentencia Sala Regional Especializada, la cual determinó que el diputado federal Gabriel Quadri sí incurrió en violencia política de género por realizar comentarios transfóbicos contra la legisladora de Morena, Salma Luévano.

El proyecto del ministro presidente Reyes Rodríguez Mondragón desechó de manera parcial el recurso interpuesto por el diputado panista, al considerar que éste sí incurrió en violencia política de género contra la legisladora.

Te recomendamos: Integrantes de movimiento feminista encaran a Quadri por comentarios transfóbicos [Video]

Éste se desprende de un recurso interpuesto por el legislador contra la sentencia de la Sala Regional Especializada, la cual, bajo su punto de vista, no es competente para resolver sobre si incurrió o no en violencia política de género, así como el tiempo en el que permanecerá en el padrón de personas sancionadas en la materia.

En este sentido, contrario a lo esgrimido por el excandidato presidencial, la Sala Superior aseguró que la Sala Especializada sí es competente para dar una sentencia sobre el caso en el que se acusa al diputado de realizar comentarios transfóbicos en el Pleno del Congreso y en su cuenta de Twitter, y aclaró que la propia sala fundamentó su competencia en el asunto al señalar que la queja de la legisladora Luévano guarda relación directa con el ejercicio del derecho al voto pasivo.

"La Sala Especializada estimó que se actualizaba su competencia para resolver la queja planteada, ya que la denunciante actualmente ostenta el cargo de diputada federal; es decir, ejerce su encargo y en términos del artículo 20 ter, fracción IX, de la Ley General de Acceso, una de las formas en que puede manifestarse la VPG es a través de cualquier expresión que denigre o descalifique a las mujeres en ejercicio de sus funciones políticas con base en estereotipos de género, con el objetivo o el resultado de menoscabar su imagen pública o limitar o anular sus derechos", argumentó.

En tanto, con el voto en contra de los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, el pleno ratificó la sentencia y encontró responsable de ejercer violencia política de género a Gabriel Quadri, pues este comportamiento, detallaron, se entiende como la conducta o comentario que pretenda dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales, como acusó y expuso la legisladora.

Al ampararse en su derecho a la libertad de expresión, el diputado buscó revertir la sentencia, no obstante, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón argumentó que sus declaraciones y mensajes vulneran los derechos de terceras personas y sus motivos resultan infundados.

Sin embargo, el pleno sí determinó modificar el tiempo por el que Quadri permanecerá Registro Nacional de Personas y se instruyó a la Sala Regional haga el ajuste.

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El pasado 1 de marzo Salma Luévano presentó la queja ante el TEPJF luego de que el panista la llamara “señor” a sabiendas que ella se identifica como mujer, además de la publicación de más de una decena de mensajes en Twitter, en donde Gabriel Quadri acusó que desde Morena se trata de impulsar una ideología “trans-fascista”, lo que, consideró, la pone en riesgo a ella y la población no heterosexual.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la sentencia Sala Regional Especializada, la cual determinó que el diputado federal Gabriel Quadri sí incurrió en violencia política de género por realizar comentarios transfóbicos contra la legisladora de Morena, Salma Luévano.

El proyecto del ministro presidente Reyes Rodríguez Mondragón desechó de manera parcial el recurso interpuesto por el diputado panista, al considerar que éste sí incurrió en violencia política de género contra la legisladora.

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Éste se desprende de un recurso interpuesto por el legislador contra la sentencia de la Sala Regional Especializada, la cual, bajo su punto de vista, no es competente para resolver sobre si incurrió o no en violencia política de género, así como el tiempo en el que permanecerá en el padrón de personas sancionadas en la materia.

En este sentido, contrario a lo esgrimido por el excandidato presidencial, la Sala Superior aseguró que la Sala Especializada sí es competente para dar una sentencia sobre el caso en el que se acusa al diputado de realizar comentarios transfóbicos en el Pleno del Congreso y en su cuenta de Twitter, y aclaró que la propia sala fundamentó su competencia en el asunto al señalar que la queja de la legisladora Luévano guarda relación directa con el ejercicio del derecho al voto pasivo.

"La Sala Especializada estimó que se actualizaba su competencia para resolver la queja planteada, ya que la denunciante actualmente ostenta el cargo de diputada federal; es decir, ejerce su encargo y en términos del artículo 20 ter, fracción IX, de la Ley General de Acceso, una de las formas en que puede manifestarse la VPG es a través de cualquier expresión que denigre o descalifique a las mujeres en ejercicio de sus funciones políticas con base en estereotipos de género, con el objetivo o el resultado de menoscabar su imagen pública o limitar o anular sus derechos", argumentó.

En tanto, con el voto en contra de los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, el pleno ratificó la sentencia y encontró responsable de ejercer violencia política de género a Gabriel Quadri, pues este comportamiento, detallaron, se entiende como la conducta o comentario que pretenda dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales, como acusó y expuso la legisladora.

Al ampararse en su derecho a la libertad de expresión, el diputado buscó revertir la sentencia, no obstante, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón argumentó que sus declaraciones y mensajes vulneran los derechos de terceras personas y sus motivos resultan infundados.

Sin embargo, el pleno sí determinó modificar el tiempo por el que Quadri permanecerá Registro Nacional de Personas y se instruyó a la Sala Regional haga el ajuste.

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El pasado 1 de marzo Salma Luévano presentó la queja ante el TEPJF luego de que el panista la llamara “señor” a sabiendas que ella se identifica como mujer, además de la publicación de más de una decena de mensajes en Twitter, en donde Gabriel Quadri acusó que desde Morena se trata de impulsar una ideología “trans-fascista”, lo que, consideró, la pone en riesgo a ella y la población no heterosexual.

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