/ martes 19 de mayo de 2020

Se extienden las restricciones para cruzar a los Estados Unidos

Estas restricciones son de naturaleza temporal,  y permanecerá vigente hasta las 11:59 p.m, del 22 de junio de 2020

Ciudad Juárez.- El 24 de marzo de 2020, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó un aviso sobre la decisión del Secretario de limitar temporalmente el viaje de personas de México a los Estados Unidos en puertos de entrada terrestres a lo largo de la frontera entre Estados Unidos y México para "viajes esenciales".

El comunicado describió las circunstancias en desarrollo con respecto a la pandemia de Covid-19 y declaró eso, dado el brote y la transmisión continua y la propagación de Covid-19 dentro de los Estados Unidos.

La propagación de Covid-19 entre los Estados Unidos y México planteó una "amenaza específica para los humanos. Posteriormente, el Secretario publicó un aviso que continuaba tales limitaciones en viajar hasta las 11:59 p.m, el 20 de mayo de 2020

Dado el brote y la transmisión continua y la propagación de Covid-19 dentro de los Estados Unidos, el Secretario ha determinado que el riesgo de transmisión es continua.

La propagación de Covid-19 entre los Estados Unidos y México plantea una "amenaza específica para ida humana o intereses nacionales ".

Funcionarios estadounidenses y canadienses han determinado mutuamente que los viajes no esenciales entre Estados Unidos y México presentan un riesgo adicional de transmisión y propagación de Covid-19 y coloca a la población de ambas naciones en mayor riesgo de contraer Covid-19.

A los fines de la modificación temporal en ciertos puertos de entrada designados, las operaciones autorizadas en las terminales de ferry a lo largo de la frontera entre Estados Unidos y México se limitarán a "viajes esenciales", que incluye, pero no se limita a:

  • Ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes que regresan a los Estados Unidos.
  • Personas que viajan con fines médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en el
  • Estados Unidos)
  • Individuos que viajan para asistir a instituciones educativas.
  • Personas que viajan con fines de respuesta a emergencias y de salud pública (por ejemplo,
  • funcionarios del gobierno o personal de emergencia que ingresan a los Estados Unidos para apoyar
  • esfuerzos del gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial para responder a Covid-19 o
  • otras emergencias)
  • Personas involucradas en el comercio transfronterizo legal (por ejemplo, conductores de camiones que apoyan movimiento de carga entre los Estados Unidos y México)
  • Personas involucradas en viajes oficiales del gobierno o viajes diplomáticos.



Los siguientes viajes no entran dentro de la definición de "viaje esencial" para fines de esta notificación:

  • Individuos que viajan con fines turísticos (por ejemplo, turismo, recreación, juegos de azar o asistir a eventos culturales).

En este momento, esta Notificación no se aplica a viajes aéreos, ferroviarios o marítimos entre Estados Unidos y México, pero se aplica al ferrocarril de pasajeros, viajes en ferry de pasajeros y placer viaje en barco entre los Estados Unidos y México. Estas restricciones son de naturaleza temporal, y permanecerá vigente hasta las 11:59 p.m, del 22 de junio de 2020.

Esta notificación puede ser modificada o rescindido antes de ese momento, en función de las circunstancias asociadas con la amenaza.

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Ciudad Juárez.- El 24 de marzo de 2020, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó un aviso sobre la decisión del Secretario de limitar temporalmente el viaje de personas de México a los Estados Unidos en puertos de entrada terrestres a lo largo de la frontera entre Estados Unidos y México para "viajes esenciales".

El comunicado describió las circunstancias en desarrollo con respecto a la pandemia de Covid-19 y declaró eso, dado el brote y la transmisión continua y la propagación de Covid-19 dentro de los Estados Unidos.

La propagación de Covid-19 entre los Estados Unidos y México planteó una "amenaza específica para los humanos. Posteriormente, el Secretario publicó un aviso que continuaba tales limitaciones en viajar hasta las 11:59 p.m, el 20 de mayo de 2020

Dado el brote y la transmisión continua y la propagación de Covid-19 dentro de los Estados Unidos, el Secretario ha determinado que el riesgo de transmisión es continua.

La propagación de Covid-19 entre los Estados Unidos y México plantea una "amenaza específica para ida humana o intereses nacionales ".

Funcionarios estadounidenses y canadienses han determinado mutuamente que los viajes no esenciales entre Estados Unidos y México presentan un riesgo adicional de transmisión y propagación de Covid-19 y coloca a la población de ambas naciones en mayor riesgo de contraer Covid-19.

A los fines de la modificación temporal en ciertos puertos de entrada designados, las operaciones autorizadas en las terminales de ferry a lo largo de la frontera entre Estados Unidos y México se limitarán a "viajes esenciales", que incluye, pero no se limita a:

  • Ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes que regresan a los Estados Unidos.
  • Personas que viajan con fines médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en el
  • Estados Unidos)
  • Individuos que viajan para asistir a instituciones educativas.
  • Personas que viajan con fines de respuesta a emergencias y de salud pública (por ejemplo,
  • funcionarios del gobierno o personal de emergencia que ingresan a los Estados Unidos para apoyar
  • esfuerzos del gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial para responder a Covid-19 o
  • otras emergencias)
  • Personas involucradas en el comercio transfronterizo legal (por ejemplo, conductores de camiones que apoyan movimiento de carga entre los Estados Unidos y México)
  • Personas involucradas en viajes oficiales del gobierno o viajes diplomáticos.



Los siguientes viajes no entran dentro de la definición de "viaje esencial" para fines de esta notificación:

  • Individuos que viajan con fines turísticos (por ejemplo, turismo, recreación, juegos de azar o asistir a eventos culturales).

En este momento, esta Notificación no se aplica a viajes aéreos, ferroviarios o marítimos entre Estados Unidos y México, pero se aplica al ferrocarril de pasajeros, viajes en ferry de pasajeros y placer viaje en barco entre los Estados Unidos y México. Estas restricciones son de naturaleza temporal, y permanecerá vigente hasta las 11:59 p.m, del 22 de junio de 2020.

Esta notificación puede ser modificada o rescindido antes de ese momento, en función de las circunstancias asociadas con la amenaza.

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