/ sábado 30 de enero de 2021

Salones de eventos y granjas deben avisar sobre sus actividades a Gobernación

Se les obliga a cumplir los lineamientos adicionales que se publicaron en Semáforo Amarillo Seguro; consumo y venta de bebidas alcohólicas está estrictamente prohibido en estos espacios

Ciudad Juárez, Chihuahua.- La Dirección General de Gobierno dio a conocer el procedimiento para que salones de eventos y granjas informen sobre las actividades que albergarán, en cumplimiento de lo establecido en el Amarillo Seguro del semáforo de riesgo COVID-19.

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El reglamento permite realizar eventos sociales siempre y cuando se apeguen a los siguientes lineamientos, adicionales a los protocolos previamente establecidos por la Secretaría de Salud Estatal:

1. Cumplir con un aforo del 30 por ciento respecto a su capacidad o bien, no más de 100 personas en el interior del lugar (incluidos trabajadores).

2. Las mesas deben tener al menos tres metros de separación en todas las direcciones; con un máximo de seis personas por mesa y con un metro de distancia entre personas de la misma mesa. Aún cumpliendo con estos lineamientos, no se podrá exceder del aforo establecido.

3. En todos los eventos está estrictamente prohibido el consumo o venta de bebidas alcohólicas.

4. Se permite la presentación de músicos en vivo, con las siguientes medidas:
a) Uso correcto de cubrebocas
b) Distancia mínima de 1.5 metros
c) No compartir instrumentos

5. Para las pistas de baile, se deberá utilizar siempre el cubrebocas, además de respetar la sana distancia entre las parejas de baile y al término de la actividad se deberán lavar manos o utilizar gel antibacterial.

6. Queda suspendida la operación de salones de eventos bajo la modalidad de fiestas infantiles.

7. Los establecimientos con licencia emitida por el Gobierno del Estado, podrán operar hasta las 02:00 horas.

8. Los salones de eventos o granjas deberán informar a la Dirección General de Gobierno sobre las actividades que albergarán, por medio del correo electrónico direcciongeneralgob@gmail.com, con los siguientes datos:

a) Nombre del establecimiento
b) Dirección
c) Medidas del salón o granja (dimensiones)
d) Listado de los eventos que realizarán por fin de semana

No es necesario esperar una confirmación ni aprobación de la Dirección General de Gobierno, ya que al enviar el correo de aviso es viable la operación.

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El reglamento permite realizar eventos sociales siempre y cuando se apeguen a los siguientes lineamientos, adicionales a los protocolos previamente establecidos por la Secretaría de Salud Estatal:

1. Cumplir con un aforo del 30 por ciento respecto a su capacidad o bien, no más de 100 personas en el interior del lugar (incluidos trabajadores).

2. Las mesas deben tener al menos tres metros de separación en todas las direcciones; con un máximo de seis personas por mesa y con un metro de distancia entre personas de la misma mesa. Aún cumpliendo con estos lineamientos, no se podrá exceder del aforo establecido.

3. En todos los eventos está estrictamente prohibido el consumo o venta de bebidas alcohólicas.

4. Se permite la presentación de músicos en vivo, con las siguientes medidas:
a) Uso correcto de cubrebocas
b) Distancia mínima de 1.5 metros
c) No compartir instrumentos

5. Para las pistas de baile, se deberá utilizar siempre el cubrebocas, además de respetar la sana distancia entre las parejas de baile y al término de la actividad se deberán lavar manos o utilizar gel antibacterial.

6. Queda suspendida la operación de salones de eventos bajo la modalidad de fiestas infantiles.

7. Los establecimientos con licencia emitida por el Gobierno del Estado, podrán operar hasta las 02:00 horas.

8. Los salones de eventos o granjas deberán informar a la Dirección General de Gobierno sobre las actividades que albergarán, por medio del correo electrónico direcciongeneralgob@gmail.com, con los siguientes datos:

a) Nombre del establecimiento
b) Dirección
c) Medidas del salón o granja (dimensiones)
d) Listado de los eventos que realizarán por fin de semana

No es necesario esperar una confirmación ni aprobación de la Dirección General de Gobierno, ya que al enviar el correo de aviso es viable la operación.

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