Riveras del Bravo tiene registro de nacimiento sin cita previa

En Riberas del Bravo, justo en las instalaciones del centro comunitario en un horario de 9:00 de la mañana a 3:00 de la tarde, todas las personas que acudan con la papelería correspondiente, serán atendidas

Alejandra Carreón | El Heraldo de Juárez

  · martes 29 de noviembre de 2022

Durante el mes de agosto podrás corregir de manera gratuita algún error que se presenten en los documentos de Registro Civil del Estado/ Foto: Cortesía | Gobierno del Estado

La encargada del Registro Civil, Karla Gutiérrez Isla, señaló que actualmente se están llevando el módulo itinerante con diversos trámites, entre estos se busca reducir el rezago en el registro de nacimientos.

En Riberas del Bravo, justo en las instalaciones del centro comunitario en un horario de 9:00 de la mañana a 3:00 de la tarde, todas las personas que acudan con la papelería correspondiente, serán atendidas.

Los requisitos para hijos dentro del matrimonio son:

a). Certificado de maternidad, debidamente firmado, sellado y con el número de autorización de la S.S.A en original y copia (indispensable).

b). Copia de Acta de matrimonio.

c). Copia de Identificación con fotografía de ambos padres.

d). Dos testigos mayores de edad (presentar copia de identificación con fotografía).

La funcionaria resaltó que también las personas que tienen un rango de edad avanzado, podrán hacer su registro de nacimiento dentro de este programa, que se dispuso para esta área de la ciudad por presentar rezago.

Los requisitos para hijos de padres menores de edad solteros cuando se presentan ambos:

a). Certificado de maternidad, debidamente firmado, sellado y con el número de autorización de la S.S.A. en original y copia (indispensable).

b). Copia de Acta de nacimiento de ambos padres.

c). Acompañarse cada uno por sus padres, para que otorguen su consentimiento.

d). Identificación con fotografía, de los menores y sus padres en copia.

e). Dos testigos mayores de edad. (presentar copia de identificación con fotografía).

f). Deberán ambos firmar el acta, para que el hijo quede debidamente reconocido.

Si las madres son solteras y mayores de edad se pide:

a). Certificado de maternidad, debidamente firmado, sellado y con el número de autorización de la S.S.A. en original y copia (indispensable).

b). Copia de Acta de nacimiento de la madre.

c). Copia de Identificación con fotografía de la madre.

d). Dos testigos mayores de edad. (presentar copia de identificación con fotografía).

En caso de que las madres de los bebes sean solteras y menores de edad se pide:

a). Certificado de maternidad, debidamente firmado, sellado y con el número de autorización de la S.S.A. en original y copia (indispensable).

b). Copia de Acta de nacimiento de la madre.

c). Que los padres de la menor acudan a otorgar su consentimiento.

d). Identificación con fotografía, ella y sus padres en original y copia.

e). Dos testigos mayores de edad. (presentar copia de identificación con fotografía).

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Se informa que en caso de presentar documentos extranjeros, como lo son certificados de nacimiento o acta de matrimonio, deberán estar legalizados por la secretaria de estado del lugar de origen del documento y traducidos al español.