En el disfrute pleno y fundamental de la salud, el bienestar físico, mental y social, los derechos sexuales y reproductivos son una respuesta a las distintas necesidades humanas que tiene en torno a la sexualidad.
Todas las personas tienen derecho a decidir de manera libre, autónoma e informada cómo disfrutar de su cuerpo, sexualidad, erotismo y afectividad.
El área de Prevención del Instituto Municipal de las Mujeres (IMM) ha impartido charlas sobre Derechos Sexuales y Reproductivos y la práctica del Sexting, donde a través de espacios educativos, comunitarios y centros de trabajo, promueve el disfrute pleno de la sexualidad y el respeto a los derechos humanos.
Desde enero a mayo de este 2023, el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM) contabilizó al menos dos mil 515 casos de violencia digital y esta es ejercida principalmente por las exparejas de las víctimas.
Dentro del tema, la Directora del Instituto Municipal de las Mujeres, Elvira Urrutia Castro,
comentó: “En el sexting, como en cualquier otra práctica sexual, lo más importante es dar y recibir consentimiento; en ausencia de este, el intercambio de contenido erótico sexual podría considerarse un delito y, por lo tanto, vulnera el derecho a la privacidad y la intimidad, así como a vivir una vida libre de violencia”.
El Sexting es una práctica sexual voluntaria y consensuada que consiste en enviar a otra persona mensajes personales, fotos, vídeos y audios con contenido erótico o sexualmente explícito a través de redes socio digitales, aplicaciones de mensajería digital, correos electrónicos u otras herramientas de comunicación, de acuerdo con el Diccionario de Género del IMM.
Es importante identificar la diferencia entre una y otra, ya que es común que esta práctica se confunda con un delito; el Sexting es una práctica sexual con el consentimiento de las personas involucradas.
Esta práctica puede desencadenar una expresión de violencia sexual digital cuando la persona que recibe o tiene acceso a esta información hace uso indebido de ella; es decir, la revela o difunde sin el previo consentimiento de la persona que la envía, o bien, amenaza con hacerlo.
De acuerdo con el artículo 18 bis del Código Penal del Estado de Chihuahua, se constituye el Delito Contra la Intimidad Sexual; el consentimiento es un acuerdo activo sobre determinada situación y condición o condiciones que debe ser respetado en todo momento.
Dicho concepto está conformado por cinco componentes: libre de violencia, es decir, sin presión, chantaje y en un estado físico y mental lúcido; deseado e informado, las partes implicadas están al tanto de lo que sucederá y acceden afirmativamente; es otorgado para prácticas específicas y concretas y; sobre todo, debe ser reversible en cualquier momento sin sufrir consecuencias.
Con la finalidad de prevenir la violencia sexual digital y promover el pleno ejercicio de la sexualidad, de manera libre, autónoma e informada, se brindan algunos “Consejos para tu seguridad digital”: usar contraseñas seguras con caracteres alfanuméricos y especiales, evitar aplicaciones comunes y redes abiertas de wifi al momento de compartir contenido; también se recomienda que al compartir contenido no se muestre el rostro o señas particulares de la persona emisora.