Declara Congreso aprobadas las reformas a la Constitución Política en materia de selección de Magistradas y Magistrados del TSJ. El decreto fue aprobado por 50 ayuntamientos de la Entidad. Representan 96.75 % de la población.
El Poder Legislativo declaró aprobadas las reformas a la Constitución Política de Chihuahua, respecto al procedimiento de selección de Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado, luego de que 50 ayuntamientos de la Entidad aprobaran el decreto.
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La anterior respalda las acciones del Congreso del Estado para fortalecer y democratizar los trabajos del Consejo de la Judicatura.
De esta manera, del cómputo realizado se concluyó que el Decreto fue aprobado por 50 Ayuntamientos, representando el 96.75% de la población del Estado, tomando como referencia el censo efectuado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el año 2020.
Aprueban diputados reformas al Fideicomiso “Ah, Chihuahua”
Diputados locales reunidos en el Pueblito Mexicano, declarado Recinto Oficial del Congreso del Estado, reformaron el Fideicomiso denominado “Ah, Chihuahua”, en aras de proyectar a futuro la actividad turística chihuahuense a nivel mundial.
La propuesta fue presentada por la Gobernadora del Estado, María Eugenia Campos Galván, y analizada por la Comisión de Turismo y Cultura, quienes indicaron que con dicha iniciativa se espera más atracción de inversiones, que consoliden los negocios existentes, y que capte más divisas y que genere más y mejores empleos.
En si la propuesta pretende por un lado, la restructuración de la conformación del Comité Técnico del citado Fideicomiso, a fin de replantear la participación de la iniciativa privada dentro del Comité, esto con la finalidad de buscar una mayor representación de todas las regiones impulsando un mejor desarrollo turístico, procurando además el que se concrete una verdadera integración estatal en la toma de decisiones del fideicomiso; de esta manera se integran:
En primer lugar: Chihuahua Buró de Convenciones, A.C.
En segundo lugar: Aquellas personas físicas o morales de naturaleza pública o privada que desarrollen actividades relacionadas con el sector turístico en el Estado, que presenten proyectos viables relacionados con los fines de Fideicomiso y que sean aprobados por el Comité Técnico, así como en general, quienes directa o indirectamente se beneficien con las actividades de promoción y fomento turístico que se realicen con cargo al Fideicomiso.
En tercer lugar: el propio Fideicomitente. Los Fideicomisarios se consideran sujetos obligados para efectos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, de conformidad con su artículo 32, en relación a los recursos públicos que sean asignados a sus proyectos y, por tanto, tienen la obligación de transparentar y rendir cuentas sobre el manejo de dichos recursos públicos y proporcionar informes que permitan su vigilancia y fiscalización.
Por otra parte, se reasignan los recursos con un propósito de que aquellas regiones turísticas que actualmente no se encuentran posicionadas en el cause económico ni en proyectos específicos, puedan ser partícipes del dicho beneficio, y que sea el Ejecutivo Estatal por conducto de la Secretaría de Turismo, quien lleve a cabo el proceso con los diversos municipios con vocación turística para asignar el recurso a proyectos específicos, en el ámbito de sus facultades.