Acreditar la residencia en territorio nacional, mínimo por dos años, luego de contraer matrimonio con una mujer o varón mexicano, es una de los requisitos fundamentales que tendrá que cumplir un migrante para obtener su carta de naturalización.
Hace unos días, se dio a conocer que migrantes, principalmente haitianos, estaban pagando a mujeres mexicanas hasta 20 mil pesos para casarse y obtener su residencia mexicana. Sin embargo, más allá de casarse, hay una serie de requisitos con los que deben cumplir.
Al casarse, ellos deberán recibir una tarjeta expedida por la Secretaría de Gobernación que acredite la condición de estancia de residente temporal, o con la tarjeta que acredite la condición de estancia de residente permanente, cuando menos durante los últimos dos años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 20, fracción II de la Ley de Nacionalidad y 14 de su Reglamento.
Entre los requisitos está: ser mayor de 18 años; presentar original y copia de la solicitud DNN-3,la cual deberá llenarse a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible; exhibir original y dos fotocopias de la tarjeta expedida por la Secretaría de Gobernación que acredite la condición de estancia de residente temporal, o residente permanente, con la que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN), en consecuencia, la residencia en el país durante dos años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, la cual deberá tener una vigencia mínima de seis meses, posteriores a la presentación de la solicitud, del que se desprenda la Clave Única de Registro de Población (CURP).
Asimismo, deberán entregar copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento extranjera, expedida por la oficina del Registro Civil correspondiente, debidamente legalizada por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición o, en su caso apostillada por la autoridad competente, así como traducida al español por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional. Se podrá exceptuar de este requisito al solicitante que haya sido reconocido como refugiado, por la Secretaría de Gobernación (COMAR).
También, tendrán que presentar original y dos fotocopias del pasaporte extranjero o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes; copia certificada y dos fotocopias del Acta de Matrimonio o de la Inserción del Acta del Matrimonio celebrado en el extranjero, expedida por la Oficina del Registro Civil Mexicano, en ambos casos, la fecha de celebración del matrimonio debe ser por lo menos de dos años anteriores a la presentación de la solicitud.
Por otro lado, para comprobar la nacionalidad del cónyuge mexicano deberá presentar, alguno de los siguientes documentos: copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento expedida por la Oficina del Registro Civil Mexicano u Oficina Consular Mexicana, expedida conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables; certificado de nacionalidad mexicana y carta de naturalización.
Rendirá declaración bajo protesta de decir verdad, suscrita y presentada personalmente por el cónyuge mexicano ante la Secretaría, de que viven en consuno y que han establecido su domicilio conyugal en territorio nacional, por lo menos durante dos años anteriores a la fecha de la solicitud. No será necesario que el cónyuge mexicano declare que ha establecido su domicilio conyugal en territorio nacional cuando éste radique en el extranjero por encargo o comisión del gobierno mexicano.
Y para concluir el trámite, deberá presentar original y dos fotocopias de una identificación oficial vigente, con fotografía y firma del cónyuge mexicano, también llevar una carta, bajo protesta de decir verdad, señalando con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud.
Entregar constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local dependiendo del lugar de su residencia, en original y fotocopia; acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional; entregar fotografías para pasaporte y pagar los derechos correspondientes.