/ lunes 27 de julio de 2020

Invalida Suprema Corte la Ley de Juicio Político de Chihuahua

Dentro de esta ley, buscaba la remoción de integrantes del Poder Judicial, legisladores, consejeros electorales y funcionarios públicos, con el voto de la mayoría simple del pleno del Congreso del Estado y a través de una solicitud de la Fiscalía General del Estado

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inválida la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia del estado de Chihuahua, la cual había sido aprobada por el Congreso del Estado de Chihuahua y que tras su análisis se determinó no procedente a la perspectiva de los ministros ponentes.

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Dentro de esta ley, buscaba la remoción de integrantes del Poder Judicial, legisladores, consejeros electorales y funcionarios públicos, con el voto de la mayoría simple del pleno del Congreso del Estado y a través de una solicitud de la Fiscalía General del Estado, según los antecedentes de este documento.

Los ministros discutieron además los efectos de la declaratoria de invalidez y por unanimidad decidieron dejar sin validez todos los decretos publicados al respecto, lo cual se encuentra concentrado en el expediente identificado con el numeral 43/2018 relativo a la acción de inconstitucionalidad promovida por los diputados integrantes de la sexagésima quinta legislatura del Estado de Chihuahua.

Fue la fracción parlamentaria del PRI integrada por las entonces diputadas Isela Torres, Adriana Fuentes, Imelda Beltrán y Rocío Sáenz así como 7 legisladores más quiénes firmaron el texto jurídico para impugnar la ley en mención aprobada el 6 de marzo del 2018 y publicada en el POE el 10 de marzo.

En sesión de este lunes y por mayoría de nueve votos contra dos, el Pleno de la SCJN aprobó la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, de no sólo declarar inconstitucionales los artículos de dicha ley que fueron impugnados por diputados de minoría, sino invalidar todo el texto de la ley.

El ministro Pérez Dayán explico que las irregularidades cometidas por el Congreso de Chihuahua afectan la legitimidad de toda la norma, y constituye, al juicio del suscrito, una violación al procedimiento legislativo con potencial invalidatorio que ocasiona una afectación al principio democrático de participación de todas las fuerzas políticas con representación en condiciones de libertad e igualdad.

Por ello, también se invalidaron las reformas a dicha ley, aprobadas el año pasado: “y por consecuencia, dado que es invalidado todo el ordenamiento, por lo mismo se propone por extinción declarar la invalidez de los decretos publicados el 26 de enero y 15 de mayo de 2019”.

Entre las violaciones al proceso legislativo cometidas para la aprobación de esta ley, se cuenta que el dictamen se entregó solo media hora antes de su votación en el Pleno de Legislativo local y que su discusión no estaba en el orden del día.

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Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inválida la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia del estado de Chihuahua, la cual había sido aprobada por el Congreso del Estado de Chihuahua y que tras su análisis se determinó no procedente a la perspectiva de los ministros ponentes.

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Dentro de esta ley, buscaba la remoción de integrantes del Poder Judicial, legisladores, consejeros electorales y funcionarios públicos, con el voto de la mayoría simple del pleno del Congreso del Estado y a través de una solicitud de la Fiscalía General del Estado, según los antecedentes de este documento.

Los ministros discutieron además los efectos de la declaratoria de invalidez y por unanimidad decidieron dejar sin validez todos los decretos publicados al respecto, lo cual se encuentra concentrado en el expediente identificado con el numeral 43/2018 relativo a la acción de inconstitucionalidad promovida por los diputados integrantes de la sexagésima quinta legislatura del Estado de Chihuahua.

Fue la fracción parlamentaria del PRI integrada por las entonces diputadas Isela Torres, Adriana Fuentes, Imelda Beltrán y Rocío Sáenz así como 7 legisladores más quiénes firmaron el texto jurídico para impugnar la ley en mención aprobada el 6 de marzo del 2018 y publicada en el POE el 10 de marzo.

En sesión de este lunes y por mayoría de nueve votos contra dos, el Pleno de la SCJN aprobó la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, de no sólo declarar inconstitucionales los artículos de dicha ley que fueron impugnados por diputados de minoría, sino invalidar todo el texto de la ley.

El ministro Pérez Dayán explico que las irregularidades cometidas por el Congreso de Chihuahua afectan la legitimidad de toda la norma, y constituye, al juicio del suscrito, una violación al procedimiento legislativo con potencial invalidatorio que ocasiona una afectación al principio democrático de participación de todas las fuerzas políticas con representación en condiciones de libertad e igualdad.

Por ello, también se invalidaron las reformas a dicha ley, aprobadas el año pasado: “y por consecuencia, dado que es invalidado todo el ordenamiento, por lo mismo se propone por extinción declarar la invalidez de los decretos publicados el 26 de enero y 15 de mayo de 2019”.

Entre las violaciones al proceso legislativo cometidas para la aprobación de esta ley, se cuenta que el dictamen se entregó solo media hora antes de su votación en el Pleno de Legislativo local y que su discusión no estaba en el orden del día.

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