/ miércoles 10 de febrero de 2021

Guarderías tendrán que instalar cámaras de vídeo a partir del 2022

En los Centros de Atención Infantil se han presentado agresiones, lesiones y abusos, pero no se cuenta con la certeza de cómo fueron los hechos

En los Centros de Atención Infantil se deberán instalar de manera obligatoria equipos o sistemas tecnológicos para la captación o grabación de imágenes o sonidos como una medida de seguridad adicional antes del 1° de enero de 2022.

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El Congreso del Estado aprobó el dictamen de la Comisión de Juventud y Niñez en el que se estableció que se reforme el párrafo primero, y se adiciona un párrafo segundo al artículo 48 de la Ley que Regula la Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Chihuahua.

Con la reforma deberán instalarse a más tardar el día 1 de enero de 2022 los equipos o sistemas tecnológicos para la captación o grabación de imágenes o sonidos. Concluido el plazo señalado, la autoridad competente deberá realizar visitas de verificación a los Centros de Desarrollo Integral Infantil, a fin de constatar el cumplimiento del presente decreto.

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La comisión indicó que en los Centros de Atención Infantil se han presentado agresiones, lesiones y abusos que constituyen maltrato infantil, sin embargo, no se cuenta con la certeza de cómo fueron los hechos que suscitaron dichas agresiones al no contar el equipamiento tecnológico.

Los equipos de vigilancia permitirían salvaguardar los derechos de niñas, niños y adolescentes, ante cualquier acción negligente o abusiva perpetrada por parte de las personas prestadoras de servicios y su personal.

Se recordó que la Convención de los Derechos del Niño, en la que señala en su artículo 3, numeral 2, que los estados parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables.

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El Congreso del Estado aprobó el dictamen de la Comisión de Juventud y Niñez en el que se estableció que se reforme el párrafo primero, y se adiciona un párrafo segundo al artículo 48 de la Ley que Regula la Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Chihuahua.

Con la reforma deberán instalarse a más tardar el día 1 de enero de 2022 los equipos o sistemas tecnológicos para la captación o grabación de imágenes o sonidos. Concluido el plazo señalado, la autoridad competente deberá realizar visitas de verificación a los Centros de Desarrollo Integral Infantil, a fin de constatar el cumplimiento del presente decreto.

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Los equipos de vigilancia permitirían salvaguardar los derechos de niñas, niños y adolescentes, ante cualquier acción negligente o abusiva perpetrada por parte de las personas prestadoras de servicios y su personal.

Se recordó que la Convención de los Derechos del Niño, en la que señala en su artículo 3, numeral 2, que los estados parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables.

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