Ciudad Juárez.- Pese a que esta establecido por decreto oficial las medidas de prevención y sanciones que se deben de seguir en relación al semáforo epidemiológico, y que son los municipios quienes deben de revisar que se cumplan con estos, los ciudadanos han manifestado su preocupación e inconformidad, ya que al denunciar alguna situación relacionada con el Covid-19 no es atendida.
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A su vez dicen aún desconocer con qué autoridad se debe de denunciar si un negocio sobrepasa los aforos o no se cumplen con las medidas preventivas por parte de establecimientos o personas ante el Covid-19.
En días atrás una ciudadana reportó al 911 la situación que se vivía en un conocido antro de la avenida Manuel Gómez Morín, donde un músico de una banda estaba positivo a Covid-19 y no se encontraba en aislamiento, además de que se rebasaba el aforo permitido por el semáforo epidemiológico.
Aún y cuando se reportó la situación, la autoridad no acudió al lugar, por lo cual no se llevó a cabo ninguna medida de las que están establecidas dentro del acuerdo.
“Llamé al número de emergencia 911 y tomaron mi reporte y sólo me dijeron que iría una unidad a revisar, pero el lugar siguió abierto sin que se hiciera algo aún y cuando sabíamos que una persona estaba contagiada y que el lugar estaba lleno en su totalidad sin sana distancia y demás”, comentó la denunciante.
Por medio de un boletín de prensa, la Secretaría General de Gobierno informó, que como lo marca el Acuerdo 102/2020, las autoridades municipales son las encargadas de sancionar a quienes incumplan las medidas sanitarias adoptadas para contener los contagios por Covid-19.
El lunes 12 de octubre se publicó el Acuerdo N° SS/SEM 010/2020 de la Secretaría de Salud Chihuahua, que señala que para esta zona de la entidad se deberá aplicar lo establecido en el Acuerdo 102/2020 publicado el pasado 10 de agosto.
Es en el punto número diez donde se establece que los ayuntamientos serán las autoridades que sancionen a quienes actúen en contravención de las medidas sanitarias establecidas imponiendo multa o arresto hasta por treinta y seis horas.
Entre estas faltas se contempla el uso obligatorio del cubrebocas en cualquier lugar fuera del hogar, en espacios públicos abiertos o cerrados.
A su vez se habla de las sanciones a los comercios ambulantes, fijos y semifijos, que incumplan con las disposiciones sanitarias.
La sanción se aplicará también a quien interfiera o se oponga al ejercicio de las funciones de la autoridad sanitaria.
Pese a que está establecido en el documento que se podrá sancionar a quienes incumplan con las medidas, en su mayoría esto no se lleva a cabo, ya que en la vía pública o en cualquier lugar fuera del hogar se pueden observar aún a decenas de personas sin cubrebocas y sin respetar la sana distancia.
En días recientes se informó por parte de la Secretaría de Gobernación que se han sancionado a negocios por superar el aforo permitido en los decretos.
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