El titular de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), Adolfo Castro Jiménez, advirtió que el Gobierno del Estado pudiera meterse en problemas legales, si el padre Aristeo Baca resulta absuelto del señalamiento que se le está haciendo, esto debido a que ni siquiera se le ha vinculado a proceso y se exhibió su caso públicamente violando el derecho de presunción de inocencia.
“Estamos muy atentos en cuanto a la situación de la posible víctima y también de los papás; también estamos pendientes que se le lleve un juicio justo al sacerdote Aristeo Baca sin violaciones a sus derechos humanos”, sentenció el derecho-humanista.
Adolfo Castro afirmó que el sacerdote es una persona común y un ciudadano como todos y hay que vigilar el debido proceso, muchos medios y comentarios en redes lo están incriminando y no lo han vinculado a proceso aun, por lo que se tiene que tener mucho cuidado cómo se maneja la información.
Recalcó que se tienen que respetar el estado de derecho, tenemos que cuidar todos los aspectos de la persona, creemos que lo que tiene que prevalecer es su presunción de inocencia y esperar si vinculan a proceso o no, si no lo vinculan la iglesia puede demandar al estado si no es culpable, por exhibir el caso sin temer antes una vinculación a proceso penal.
El caso se debió hacerse público cuando esté vinculado a proceso, la presunción de inocencia es lo primero que se debe de cuidar.
El titular de la CEDH, afirmó que hasta el momento la Iglesia Católica y el mismo padre Aristeo Baca no les ha pedido intervenir, sin embargo ellos como responsables de los derechos humanos están muy atentos y dando seguimiento al caso.
Por otro lado expresó que se tuvo un contacto con los padres de la presunta víctima en el mes de enero y se le dio también toda la asesoría para acudir ante las instancias correspondientes.
Finalmente expresó que hasta el momento la Fiscalía ha manejado bien el caso y le está dando atención a la presunta víctima.
Se tuvo un contacto en enero y se le dio la orientación de acudir ante la fiscalía, también expresó que están a disposición si alguna de las partes requiere de ayuda.
Parte nodal del debido proceso, el principio de presunción de inocencia garantiza que durante un juicio se pruebe la culpa y no la inocencia de una persona imputada de delito; está plasmado como garantía procesal en múltiples acuerdos internacionales y desde 2008 fue incorporado a la Constitución mexicana como parte de los derechos que conforman el debido proceso.
Lo establece el Artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, al preciar que Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Asimismo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos prevé en su Artículo 8 que Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Y en términos semejantes se asienta en Artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU.
Estos tratados han sido ratificados por el Estado mexicano pero no fue sino hasta 2008, con la aprobación de la Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia, que se incorporó la presunción de inocencia como derecho explícito en la Constitución.