/ miércoles 9 de octubre de 2019

Ciudadanos podrán reclamar por baches

Muchos ciudadanos desconocen que la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, los protege en caso de afectaciones

¿Qué hacer en caso de que tu vehículo resulte dañado por algún bache, dejando daños severos a la pertenencia?

Muchos ciudadanos que circulan por las vialidades de manera diaria y sufren de daños a sus unidades, al pasar por calles en mal estado, desconocen la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, la cual te protege en caso de estas afectaciones.

De acuerdo a esta Ley, se tiene por objeto fijar las bases y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado.

Por lo que el director de Jurisdicción del Municipio, Marco Soriano, mencionó que con base en esta ley, ciudadanos que sean víctimas de estos desperfectos, la dependencia correspondiente deberá pagar los daños ocasionados.

“Esto una vez que se acredite que la dependencia correspondiente, ya sea al Estado o al Municipio, de manera inmediata, estará obligado a pagar”, dijo.

Refirió que este efecto, requiere de un proceso administrativo, mismo que deberá satisfacer los requisitos formales que establece esta ley, como señalar cuál es la dependencia Municipal o Estatal que desde su punto de vista es la responsable.

Soriano, explicó, que una vez que ya sea señalada esta dependencia, la Secretaría manda una reclamación a la misma para darle atención a lo que diga el ciudadano y así se pueda determinar lo que dijo.

“De esta forma se llega a una determinación de, si es procedente la reclamación o no y se emitirá una resolución donde se ordene pagar”, anotó.

La responsabilidad es directa de quien no hizo su trabajo como establece la reglamentación y normativa, y si efectivamente esa omisión por parte de la dependencia determinó el daño, aun cuando el Municipio como identidad global es quien paga, lo cierto, es que es a cargo de la dependencia cuya negligencia u omisión determinó el daño, añadió.

En caso de que se haya determinado que el ciudadano tiene la razón, se determinará que el ciudadano debe ser satisfecho de los daños, la Tesorería Municipal le dará el pago correspondiente a cargo de la dependencia que fue omisa en cumplir con la obligación.

“Si hablamos de un ejemplo y un bache se presenta, no precisamente por las lluvias, sino por alguna fuga de agua o drenaje, entonces, será la Junta Municipal de Agua y Saneamiento, la dependencia responsable, ya que es la encargada de verificar que no haya fuga”, señaló.

Actualmente, no hay ninguna resolución, debido a que el ciudadano está obligado a demostrar que el daño que se reclama se le ocasionó por una omisión de la identidad pública, sin embargo, si hay quejas presentadas por ciudadanos.

¿Qué hacer en caso de que tu vehículo resulte dañado por algún bache, dejando daños severos a la pertenencia?

Muchos ciudadanos que circulan por las vialidades de manera diaria y sufren de daños a sus unidades, al pasar por calles en mal estado, desconocen la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, la cual te protege en caso de estas afectaciones.

De acuerdo a esta Ley, se tiene por objeto fijar las bases y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado.

Por lo que el director de Jurisdicción del Municipio, Marco Soriano, mencionó que con base en esta ley, ciudadanos que sean víctimas de estos desperfectos, la dependencia correspondiente deberá pagar los daños ocasionados.

“Esto una vez que se acredite que la dependencia correspondiente, ya sea al Estado o al Municipio, de manera inmediata, estará obligado a pagar”, dijo.

Refirió que este efecto, requiere de un proceso administrativo, mismo que deberá satisfacer los requisitos formales que establece esta ley, como señalar cuál es la dependencia Municipal o Estatal que desde su punto de vista es la responsable.

Soriano, explicó, que una vez que ya sea señalada esta dependencia, la Secretaría manda una reclamación a la misma para darle atención a lo que diga el ciudadano y así se pueda determinar lo que dijo.

“De esta forma se llega a una determinación de, si es procedente la reclamación o no y se emitirá una resolución donde se ordene pagar”, anotó.

La responsabilidad es directa de quien no hizo su trabajo como establece la reglamentación y normativa, y si efectivamente esa omisión por parte de la dependencia determinó el daño, aun cuando el Municipio como identidad global es quien paga, lo cierto, es que es a cargo de la dependencia cuya negligencia u omisión determinó el daño, añadió.

En caso de que se haya determinado que el ciudadano tiene la razón, se determinará que el ciudadano debe ser satisfecho de los daños, la Tesorería Municipal le dará el pago correspondiente a cargo de la dependencia que fue omisa en cumplir con la obligación.

“Si hablamos de un ejemplo y un bache se presenta, no precisamente por las lluvias, sino por alguna fuga de agua o drenaje, entonces, será la Junta Municipal de Agua y Saneamiento, la dependencia responsable, ya que es la encargada de verificar que no haya fuga”, señaló.

Actualmente, no hay ninguna resolución, debido a que el ciudadano está obligado a demostrar que el daño que se reclama se le ocasionó por una omisión de la identidad pública, sin embargo, si hay quejas presentadas por ciudadanos.

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