/ jueves 16 de diciembre de 2021

Reducen a tres magistraturas en el TEE

El pasado 14 de octubre, el diputado Mario Humberto Vázquez Robles, presentó iniciativa a efecto de reformar los costados artículos

Diputados locales aprobaron reformar los artículos de la Constitución Política y de la Ley Electoral, ambos ordenamientos jurídicos del Estado de Chihuahua, a fin de reducir de cinco a tres las Magistraturas que integran el Tribunal Estatal Electoral.

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El dictamen con carácter de decreto, presentado por Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Participación Ciudadana y Asuntos Electorales, y leído por el diputado Francisco Sánchez, reforma los artículos 37, primer párrafo de la Constitución Política; así como 294 y 296 de la Ley Electoral, ambos ordenamientos jurídicos del Estado de Chihuahua.


El pasado 14 de octubre del 2021, el diputado Mario Humberto Vázquez Robles, en representación del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con carácter de decreto a efecto de reformar los costados artículos, con el objetivo de reducir de cinco a tres las magistraturas que integran el Tribunal Estatal Electoral.


Derivado de la aprobación, el Articulo 37, quedaría de la siguiente manera: “El Tribunal Estatal Electoral es el órgano especializado de legalidad y plena jurisdicción en la materia electoral, que goza de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, con patrimonio propio, que deberá cumplir sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidad y probidad. Se compondrá de tres magistradas y magistrados que deberán satisfacer los requisitos que establece la Ley General de la materia”.

El Artículo 294, numeral 1, así: “El Tribunal Estatal Electoral funcionará en Pleno. Para que pueda sesionar válidamente se requiere la presencia de por lo menos dos de sus integrantes. Sus determinaciones serán válidas con el voto de la mayoría simple de los presentes. En caso de empate, la Magistrada o Magistrado Presidente tendrá voto de calidad, después de haber emitido su voto ordinario. La Secretaria o Secretario General solo tendrá derecho a voz”.

Este último Artículo, pero en el numeral 2, de esta forma: “El Tribunal Estatal Electoral se integra por tres magistradas y magistrados, de los cuales uno deberá ser de distinto género a las otras dos personas, y se deberá alternar el género mayoritario, así como satisfacer los requisitos de elegibilidad que establece la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”.


Y el Articulo 296, inciso a), de la siguiente manera: “Pleno, compuesto por tres magistraturas, una de las cuales fungirá como Presidencia”.

Diputados locales aprobaron reformar los artículos de la Constitución Política y de la Ley Electoral, ambos ordenamientos jurídicos del Estado de Chihuahua, a fin de reducir de cinco a tres las Magistraturas que integran el Tribunal Estatal Electoral.

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El dictamen con carácter de decreto, presentado por Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Participación Ciudadana y Asuntos Electorales, y leído por el diputado Francisco Sánchez, reforma los artículos 37, primer párrafo de la Constitución Política; así como 294 y 296 de la Ley Electoral, ambos ordenamientos jurídicos del Estado de Chihuahua.


El pasado 14 de octubre del 2021, el diputado Mario Humberto Vázquez Robles, en representación del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con carácter de decreto a efecto de reformar los costados artículos, con el objetivo de reducir de cinco a tres las magistraturas que integran el Tribunal Estatal Electoral.


Derivado de la aprobación, el Articulo 37, quedaría de la siguiente manera: “El Tribunal Estatal Electoral es el órgano especializado de legalidad y plena jurisdicción en la materia electoral, que goza de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, con patrimonio propio, que deberá cumplir sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidad y probidad. Se compondrá de tres magistradas y magistrados que deberán satisfacer los requisitos que establece la Ley General de la materia”.

El Artículo 294, numeral 1, así: “El Tribunal Estatal Electoral funcionará en Pleno. Para que pueda sesionar válidamente se requiere la presencia de por lo menos dos de sus integrantes. Sus determinaciones serán válidas con el voto de la mayoría simple de los presentes. En caso de empate, la Magistrada o Magistrado Presidente tendrá voto de calidad, después de haber emitido su voto ordinario. La Secretaria o Secretario General solo tendrá derecho a voz”.

Este último Artículo, pero en el numeral 2, de esta forma: “El Tribunal Estatal Electoral se integra por tres magistradas y magistrados, de los cuales uno deberá ser de distinto género a las otras dos personas, y se deberá alternar el género mayoritario, así como satisfacer los requisitos de elegibilidad que establece la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”.


Y el Articulo 296, inciso a), de la siguiente manera: “Pleno, compuesto por tres magistraturas, una de las cuales fungirá como Presidencia”.

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