El abogado y catedrático de la Facultad de Derecho de la UACH, Gabriel Vidaña, explicó que, a partir de este jueves, la única forma en que exgobernador Javier Corral, pueda ser procesado por la causa penal 3052/2024, es mediante un desafuero o hasta que concluya su gestión como senador.
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El reconocido jurista señaló que cuando se vincula a proceso a un funcionario con fuero, como es el caso del hoy senador Javier Corral Jurado, el procedimiento penal se ve detenido debido a la inmunidad que le otorga el fuero constitucional, lo que significa que, a pesar de que exista una causa penal en su contra, las autoridades judiciales no pueden proceder legalmente en su contra mientras conserve su fuero.
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“El fuero protege a Javier Corral de ser procesado o detenido por cualquier delito durante el tiempo que ejerza su cargo como senador; para que el proceso penal avance, sería necesario que el Congreso de la Unión inicie y apruebe un proceso de desafuero. Sólo si el desafuero es aprobado, el juez podría continuar con el juicio y adoptar las medidas necesarias, como la detención preventiva”, detalló.
Gabriel Vidaña, mencionó que, en México, el fuero constitucional es una prerrogativa inherente al cargo y no a la persona que lo ocupa, es decir, el fuero no es renunciable de manera voluntaria por el funcionario, ya que es una protección otorgada por la Constitución para garantizar la independencia de los poderes y evitar persecuciones políticas.
Asimismo, dijo que en el caso del senador Javier Corral Jurado, no podría someterse voluntariamente a un proceso penal en su contra, sin que este se vea afectado por vicios de nulidad, pues aunque Corral decidiera presentarse de manera voluntaria ante el juez Humberto Chávez, quien ha girado una orden de aprehensión en su contra en la ciudad de Chihuahua, el juez no podría llevar a cabo el proceso debido a la protección que le otorga el fuero.
“Si el juez Humberto Chávez decidiera avanzar con el proceso penal sin que se haya realizado y aprobado el desafuero, todo el procedimiento estaría viciado de nulidad, esto significa que incluso si el proceso llegara a las distintas etapas y culminara en una sentencia condenatoria, dicha sentencia no tendría ningún efecto jurídico y sería anulable fácilmente. El proceso penal no podría tener validez legal sin el desafuero previo, independientemente de la voluntad del senador Corral de someterse al mismo”, enfatizó el catedrático.
Publicado originalmente en El Heraldo de Chihuahua