Ciudad Juárez, Chihuahua.- Fiscalistas no descartan que al interior de las empresas surjan controversias entre los obreros y patrones, debido a que no necesariamente el incremento al salario mínimo previsto para el 2019, se va a reflejar en mayor “dinero líquido” en el pago de nómina.
A partir del 1 de enero próximo, el gobierno de Andrés Manuel López Obrador se comprometió a subir de 88.36 a 176.72 pesos el salario en la franja de la frontera norte.
Iván Pérez Ruiz, especialista en materia fiscal, explicó que aunque los trabajadores reciban un incremento en el salario mínimo, también es cierto que el gobierno les retendrá mayores impuestos, con la divisa de que ‘entre más ganes más debes contribuir al fisco’.
Por otra parte, expuso, muchas de las empresas que contratan personal, eliminarán ahora los bonos de despensa, puntualidad y asistencia a sus operadores, porque estos beneficios no son obligatorios, así que al no ser ningún derecho, pueden quitarse.
Antes las compañías, comentó, otorgaban dichos bonos como una forma de que sus empleados ganaran más de lo establecido por la ley.
“Desde el momento en que se obliga esta incorporación del salario mínimo, entonces el patrón válidamente podrá eliminar esas partidas exentas para Seguro Social y para Renta (ISR), porque ya va a estar obligado a incluir o incorporarle esa aportación, y el perjuicio para el trabajador es que se le va tener que retener más Renta (ISR)”, anotó Pérez Ruiz.
“El escenario fiscal no solamente es en perjuicio del patrón, sino también del trabajador, con esta incorporación del doble en el salario mínimo en la frontera”, aseveró.
Reiteró que para ambas partes, tanto para la obrero, como la parte patronal, resulta un perjuicio, porque al obligar a que todo trabajador tenga que cotizar 176.72 pesos diarios ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, va a conllevar en gran parte de los casos, en un aumento de un 50 a un 70 por ciento de las cuotas obrero-patronales en Infonavit, que debe pagar el patrón.
Sin embargo, “el perjuicio no solamente es para el patrón, sino para el trabajador, porque cotidianamente cuando se contrata a un trabajador, para efectos iscales, juegas con elementos que son exentos tanto para IMSS como para ISR, que te permitía poder incorporarle o ‘completarle’ el sueldo al trabajador, hablamos de los bonos de puntualidad, asistencia, que tanto para IMSS como para Renta, quedan completamente exentos”, precisó.
La consecuencia de estas realidades, comentó el fiscalista, es que “puede ser que exista un reclamo patronal en este caso, un reclamo obrero, respecto a que la expectativa es de recibir más y no recibir menos o recibir lo mismo”.
Adelantó que en caso de que algunos trabajadores reciban menos de dinero “neto” por estos ajustes al salario, queda claro que no será por una decisión de la empresa, sino “que es producto de una modificación fiscal, pues ahí el patrón no está en ningún momento reduciendo el salario, sino que está atendiendo una obligación, un cumplimiento tributario”.
“La expectativa es que suba el sueldo, (pero) es muy probable que quede igual en la gran mayoría, pero en algunos puede ser un poquito más”, sostuvo Pérez Ruiz.