/ miércoles 15 de mayo de 2019

Junio, límite para dar las utilidades

Los patrones cuentan con un plazo de 60 días a partir del monto en el que les es exigible

Ciudad Juárez, Chihuahua.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, durante mayo y junio el patrón tiene la obligación de cumplir con el pago de reparto de utilidades a sus trabajadores.

Ismael Dávalos García, presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) en Juárez, señaló que la Ley establece que los patrones cuentan con un plazo de 60 días a partir del monto en el que les es exigible el pago de impuesto sobre la renta anual.

En ese sentido, cuando el patrón sea persona moral, el pago de utilidades debe realizarse entre el 01 de abril y el 30 de mayo del año en curso; en el caso de que el patrón sea persona física, el pago debe hacerse del 01 de mayo al 29 de junio, explicó.

Indicó que en caso de que el trabajador considere que no se cubre el pago de reparto de utilidades o que el monto no corresponde, la STPS pone a su disposición el servicio gratuito de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.

Personal debidamente capacitado en la materia atenderán cualquier duda que tenga el trabajador, esto a través de la línea directa en la frontera, 656 629 33 13 de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 16:00 horas, detalló.

También pueden acudir a las oficinas de la dependencia estatal, ubicadas en Avenida Eje Vial y Aserraderos, planta baja del edificio en el horario anteriormente mencionado, finalizó.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social salvaguarda los derechos de las personas trabajadoras impartiendo justicia en forma correcta y transparente, fomenta el empleo, así como la inclusión social.

Ciudad Juárez, Chihuahua.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, durante mayo y junio el patrón tiene la obligación de cumplir con el pago de reparto de utilidades a sus trabajadores.

Ismael Dávalos García, presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) en Juárez, señaló que la Ley establece que los patrones cuentan con un plazo de 60 días a partir del monto en el que les es exigible el pago de impuesto sobre la renta anual.

En ese sentido, cuando el patrón sea persona moral, el pago de utilidades debe realizarse entre el 01 de abril y el 30 de mayo del año en curso; en el caso de que el patrón sea persona física, el pago debe hacerse del 01 de mayo al 29 de junio, explicó.

Indicó que en caso de que el trabajador considere que no se cubre el pago de reparto de utilidades o que el monto no corresponde, la STPS pone a su disposición el servicio gratuito de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.

Personal debidamente capacitado en la materia atenderán cualquier duda que tenga el trabajador, esto a través de la línea directa en la frontera, 656 629 33 13 de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 16:00 horas, detalló.

También pueden acudir a las oficinas de la dependencia estatal, ubicadas en Avenida Eje Vial y Aserraderos, planta baja del edificio en el horario anteriormente mencionado, finalizó.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social salvaguarda los derechos de las personas trabajadoras impartiendo justicia en forma correcta y transparente, fomenta el empleo, así como la inclusión social.

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