En estos momentos que se encuentra en pleno auge la utilización de la estadística pública como un potente instrumento de análisis e investigación que contribuye a construir una administración pública más eficaz y eficiente se debe dedicar especial atención a la gestión de la calidad de la estadística oficial en todos los niveles de la administración pública.
Teniendo presente la función decisiva que desempeña la información estadística oficial de alta calidad para el análisis y la adopción de decisiones normativas bien fundadas en apoyo del desarrollo sostenible, la paz y la seguridad en un mundo cada vez más conectado, que exige apertura y transparencia, atendiendo esta responsabilidad y con el propósito de privilegiar que la estadística oficial tenga un marco jurídico que sea respetado en todos los niveles políticos, la Asamblea General de las Naciones Unidas emitió diez Principios Fundamentales de las Estadísticas Oficiales:
Principio 1: Relevancia, imparcialidad y acceso equitativo. Las estadísticas oficiales constituyen un elemento indispensable en el sistema de información de una sociedad democrática y proporcionan al gobierno, a la economía y al público datos acerca de la situación económica, demográfica, social y ambiental. Con este fin, los organismos oficiales de estadística han de compilar y facilitar en forma imparcial estadísticas oficiales de comprobada utilidad práctica para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a la información pública.
Principio 2: Patrones profesionales, principios científicos y ética. Para mantener la confianza en las estadísticas oficiales, los organismos de estadística han de decidir, con arreglo a consideraciones estrictamente profesionales, incluidos los principios científicos y la ética profesional, acerca de los métodos y procedimientos para la reunión, el procesamiento, el almacenamiento y la presentación de los datos estadísticos.
Principio 3: Responsabilidad y transparencia. Para facilitar una interpretación correcta de los datos, los organismos de estadística han de presentar información conforme a normas científicas sobre las fuentes, métodos y procedimientos de la estadística.
Principio 4: Prevención del mal uso. Los organismos de estadística tienen derecho a formular observaciones sobre interpretaciones erróneas y la utilización indebida de las estadísticas.
Principio 5: Fuentes de estadísticas oficiales. Los datos para fines estadísticos pueden obtenerse de todo tipo de fuentes, ya sea encuestas estadísticas o registros administrativos. Los organismos de estadística han de seleccionar la fuente con respecto a la calidad, la oportunidad, el costo y la carga que impondrá a los encuestados.
Principio 6: Confidencialidad. Los datos individuales que reúnan los organismos de estadística para la compilación estadística, se refieran a personas naturales o jurídicas, deben ser estrictamente confidenciales y utilizarse exclusivamente para fines estadísticos.
Los principios 7, 8, 9 y 10, se refieren al marco jurídico, la coordinación a nivel nacional, el uso de métodos internacionales, así como la cooperación internacional para contribuir a mejorar los sistemas de estadísticas.
Vemos pues, que la confianza esencial del público en la integridad de los sistemas estadísticos oficiales y la credibilidad que este otorga a las estadísticas dependen en gran medida del respeto de los valores y principios fundamentales que son la base de toda sociedad que procura entenderse a sí misma y respetar los derechos de sus miembros y que, en este contexto, son cruciales la independencia profesional y la rendición de cuentas.
Gestión de la Calidad de la Estadística Pública, Jiménez Mora J.M.; 2009 https://www.uv.mx/gestion/files/2013/01/JOSE-MANUEL-JIMENEZ-MORA.pdf